La tercerización laboral y su impacto en la sociedad peruana
- Flor Andrea Cáceda Rumay

- 24 sept 2024
- 3 min de lectura
Actualizado: 20 oct 2024
La tercerización laboral, también conocida como outsourcing, es definida según Basualdo y Morales (2014) como el proceso mediante el cual una empresa evalúa la posibilidad de que un tercero realice ciertas funciones con mayor eficiencia; por ello, se considera a esta figura como una manera de desintegración vertical de la organización empresarial; aunque todo esto es por parte de una opinión doctrinal.
El Perú cuenta con el Decreto Supremo N°001-2022-TR, modificatoria de la Ley Tercerización, el cual de manera sucinta en sus dos primeros artículos señala que en la tercerización las actividades especializadas requieren conocimientos técnicos y están relacionadas con la actividad principal de la empresa, pero estas empresas terceras no pueden incluir el núcleo del negocio, es decir, las funciones más esenciales de la empresa. Además, establece que se aplica a empresas que tercerizan actividades especializadas y obras de su actividad principal, con trabajadores desplazados de manera continua a sus centros de trabajo.
Podemos anticipar entonces que esta figura a la que se está prestando últimamente atención, es punto de partida para muchas problemáticas en el país. Así, destaca el impacto que tiene este sobre los trabajadores y empleadores (empresas).
Desde una macroperspectiva, existe una ponderación del impacto social por sobre cualquier otro; con ello nos referimos a la influencia de la tercerización laboral en la parte débil de una relación jurídica supeditada a un contrato laboral; es decir, el trabajador. De tal manera que, uno de los principales argumentos a favor de la prohibición de tercerizar el núcleo del negocio es la mejora en la calidad y las condiciones laborales de los trabajadores. En tanto, el punto crítico de la tercerización desde este abordaje es que facilita la precarización laboral; verbigracia, con contratos temporales, con bajo salarios y la falta (casi ausencia total), de beneficios sociales. Empero, si esto cambia, existirían desafíos fáciles de predecir, tales como la reducción de empleo en determinados sectores. Aunado a ello, las empresas que despedían trabajadores, en gran medida producto de la tercerización para reducir costos, podrían enfrentar dificultades para adaptarse a la nueva normativa, lo que podría generar despidos masivos o mayor carga de trabajo para los empleados que permanecen luego de ello.
Pero para conocer ambas caras de la moneda, respecto a las consecuencias e impactos de la tercerización laboral para las empresas; como en el caso de los trabajadores, las empresas también sufrirán desafíos en la forma en que operan. Por ejemplo, para aquellas que han basado su modelo de negocio en la externalización de actividades clave o esenciales deberán restructurar sus operaciones internas. Esto podría implicar la necesidad de invertir en capacitaciones y en la contratación de personal adicional para asumir funciones que anteriormente eran tercerizadas. Esto sin contar la cantidad de sanciones significativas por incumplir con lineamientos impuestos por la norma, por ejemplo, pagar multas referenciándolas con la UIT; de ello subyace la dificultad en una posible adaptación que podría generar efectos en costos, competitividad y eficiencia. En términos sencillos, si algunas empresas no tuviesen facilidades para emplear la tercerización en su estructura, simplemente no podrían subsistir.
Finalmente, existe la imperiosa necesidad de prestarle a la tercerización laboral la importancia que se merece en nuestro país, ya que es un tema complejo que implica un detallado análisis, puesto que, mientras la prohibición de tercerizar el núcleo del negocio busca proteger a los trabajadores y mejorar las condiciones laborales hace un alto contraste con el impacto en las empresas. Por tanto, la clave para que esta normativa, llena de pros y contras, radica en darle un enfoque y tratamiento valorado en un equilibrio fundado; es decir, buscar beneficios para ambas partes, así como regular los posibles excesos de estos agentes; por lo que se busca garantizar derechos para ambas partes en una relación de trabajo, promoviendo un desarrollo sostenible y un panorama armónico en el país.
Referencias
Basualdo, V. & Morales, D. (2014). La Tercerización Laboral. Orígenes. Impacto y Claves Para Sus Análisis en América Latina. Siglo Veintiuno. https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=VN_DwAAQBAJ&oi=fnd&pg=PT4&dq=tercerizaci%C3%B3n+laboral&ots=Q7wVd9S2x0&sig=t0dH5L4IygWXlYfhy4991MHxcA#v=onepage&q&f=false
Sobre la autora:
Estudiante de Derecho de la Universidad Nacional de Trujillo. Miembro Aspirante del Círculo de Estudios de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social - DETRA.





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